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Nueva Ley antifraude en materia de tributos con límites de pago en efectivo de hasta 2.500 euros entre empresas y profesionales

El pasado día 31 de octubre entró en vigor la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de Modificación de la Normativa Tributaria y Presupuestaria y de Adecuación de la Normativa Financiera para la Intensificación de las Actuaciones en la Prevención y Lucha contra el Fraude, más conocida como Ley antifraude.

02/11/2012 | Respecto de las nuevas obligaciones o limitaciones tienen efecto desde la fecha citada, excepto la limitación de los pagos en efectivo a menos de 2.500 euros para operaciones entre empresas y profesionales, que lo hará el 19 de noviembre. Esta demora se debe a la necesidad por parte de los comercios para que puedan adaptar las nuevas medidas a la organización de las facturas.

La limitación de los pagos en efectivo no afectará a las operaciones entre particulares o entre particulares y entidades financieras, y se elevará a 15.000 euros en el caso de pagadores no residentes para favorecer la llegada de turistas.

Aquellos que incumplan esta prohibición se enfrentarán a multas del 25% del valor del pago hecho en efectivo, y tanto el pagador como el receptor del pago responderán de forma solidaria de dicha infracción, por lo que la Administración podrá dirigirse contra cualquiera de ellos.

Se fija, además, el deber de toda autoridad o funcionario público de denunciar los incumplimientos de los que tengan conocimiento en esta materia. Si la denuncia procede de una de las partes que hayan intervenido en la operación, Hacienda no aplicará sanción alguna a esta parte si voluntariamente lo pone en conocimiento de la Agencia Tributaria dentro de los tres meses siguientes a la fecha del pago.

La nueva ley antifraude obliga a informar sobre cuentas, valores e inmuebles en el extranjero y además, se fija la exclusión del régimen de estimación objetiva para aquellos empresarios que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares. Dicha exclusión sólo operará para empresarios cuyo volumen de rendimientos íntegros sea superior a 50.000 euros anuales.

Las actividades susceptibles de exclusión son las afectadas por la retención del 1%. Entre ellas se encuentran la albañilería, la fontanería, la pintura, la carpintería y el transporte de mercancías por carreteras, entre otras.

Son así las mayores novedades de la ley antifraude de manera resumida:

  • Se limita a 2.500 euros el pago en efectivo en operaciones en donde participen empresarios o profesionales. Hacienda perdonará la sanción al contribuyente que denuncie los hechos.

  • Todos los contribuyentes deberán informar sobre las cuentas, valores e inmuebles que tengan en el extranjero. Las rentas descubiertas que no hayan sido declaradas se imputarán al último periodo impositivo no prescrito.

  • Se excluye del régimen de módulos a aquellos empresarios que facturen menos del 50 por 100 de sus operaciones a particulares y a los que obtengan más de 225.000 euros de otros empresarios o profesionales.

  • Hacienda potencia el cobro del IVA en operaciones de entrega de inmuebles, importaciones y declaraciones en concurso.

  • Se facilitan los embargos preventivos y demás medidas cautelares para garantizar el cobro de deudas tributarias.

  • Se endurecen las sanciones por resistencia y obstrucción a la inspección, que oscilarán entre 1.000 y 600.000 euros.

  • Enlaces:

    Colegio de Abogados de Ciudad Real UCTACAM Explicación del nivel Triple-A de Conformidad

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